Ley de Segunda Oportunidad

Adiós a las deudas, embargos y ficheros de morosidad. La solución definitiva para cancelar deudas por ley y para siempre.

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La Ley de la Segunda Oportunidad es la solución legal que necesitas para cancelar deudas

Si eres autónomo o persona física y la imposibilidad de pagar tus deudas te agobia, la Ley de Segunda Oportunidad es el procedimiento legal que necesitas para cancelarlas total o parcialmente.

Beneficios Clave: ¿Qué Ganas al Acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad?

En casos de insolvencia total, el juez puede acordar la cancelación del 100% de tu deuda.

  • Cesará el acoso de los acreedores.

  • Se levantarán todos los embargos y ejecuciones.

  • Se paralizarán los intereses que hacen crecer la deuda.

  • Se evitarán las costas judiciales.

  • Desaparecerás de los ficheros de morosidad como Asnef.

  • Podrás cancelar total o parcialmente las deudas, y en al menos 10.000€ las deudas de la Seguridad Social y 10.000€ las de Hacienda.

¿Quién puede acogerse a esta Ley?

La Ley de Segunda Oportunidad es un recurso legal al que pueden acogerse las personas físicas, tanto particulares como autónomos, que no puedan pagar las deudas contraídas por ser insolventes.

Requisitos Clave:

  • Ser persona física (particular o autónomo).
  • En situación de insolvencia.
  • Actuar de buena fe (sin condenas por delitos económicos).

Consulta Gratuita y Sin Compromiso
¿Tienes deudas superiores a 10.000€?

Te ayudamos a cancelar deudas.
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910 051 264

    (*) Campos obligatorios.

    Acepto los términos y condiciones de uso

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      • Te asignamos abogado, gestor y procurador desde el inicio.

      • Te ayudamos personalmente a recopilar toda la documentación y cumplimentar tu solicitud.

      • Si no tenemos éxito, te devolvemos tu dinero.

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      Qué deudas se pueden cancelar con la ley de la Segunda Oportunidad

      Estas son las deudas que pueden cancelar con la ley de la segunda oportunidad, tanto Personas Físicas (particulares) como Autónomos:

      • Deudas con Hacienda (Hasta 10.000€).

      • Deudas con la Seguridad Social (Hasta 10.000€)

      • Préstamos Personales.

      • Tarjetas de Crédito.

      • Deudas bancarias.

      • Microcréditos.

      • Deudas de Derecho Público.

      • Préstamos al consumo.

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