Cancelación de deudas
Ley de la Segunda Oportunidad

La herramienta definitiva para cancelar deudas legalmente y para siempre

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Ley de Segunda Oportunidad

La Ley de Segunda Oportunidad es la herramienta que necesitas en caso de imposibilidad manifiesta de poder pagar tus deudas. Da igual el origen.

Porqué acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad

Si tus acreedores no se avienen a negociar el juez acordará, en aplicación de la Ley Concursal, la cancelación del 100% de tu deuda.

  • Cesará el acoso de los acreedores.
  • Se levantarán todos los embargos y ejecuciones.
  • Se paralizarán los intereses que hacen crecer la deuda.
  • Se evitarán las costas judiciales.
  • Desaparecerás de los ficheros de morosidad.
  • Podrás cancelar en al menos 10.000 euros de deudas de la Seguridad Social y 10.000 euros de la Agencia Tributaria.

¿Quién puede acogerse a esta Ley?

La Ley de Segunda Oportunidad está diseñada para acoger a un amplio abanico de ciudadanos tanto Particulares como para Profesionales, Autónomos, Familias, Avalistas, Empresarios, etc…

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      Requisitos ley Segunda Oportunidad

      Ser deudor de buena fe, que la deuda sea inferior a 5 millones de euros, no haber sido condenado en los últimos 10 años por delitos relacionados con el ámbito económico, por infracciones tributarias muy graves, por derivación de responsabilidad o por haber sido declarado persona afectada en la sentencia de calificación del concurso de un tercero calificado como culpable.

      ¿Qué deudas puedo cancelar con la ley de segunda oportunidad?

      • Préstamos Personales.
      • Tarjetas de Crédito.
      • Hipotecas.
      • Deudas de Derecho Público.
      • Multas.
      • Préstamos al consumo.
      • Hacienda (Hasta 10.000€)
      • Seguridad Social (Hasta 10.000€)
      • etc.

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      cancelar deudas por ley

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      Requisitos Ley Segunda Oportunidad

      Ser deudor de buena fe, que la deuda sea inferior a 5 millones de euros, no haber sido condenado en los últimos 10 años por delitos relacionados con el ámbito económico, por infracciones tributarias muy graves, por derivación de responsabilidad o por haber sido declarado persona afectada en la sentencia de calificación del concurso de un tercero calificado como culpable.

      ¿Qué deudas me puedo quitar?

      • Préstamos Personales.
      • Tarjetas de Crédito.
      • Hipotecas.
      • Deudas de Derecho Público.
      • Multas.
      • Préstamos al consumo.
      • etc.

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      • Porque somos Abogados, Procuradores, Administradores y Mediadores Concursales, expertos en la Ley de Segunda Oportunidad.
      • Porque te damos facilidades de pago (desde 100 euros/mes).
      • Porque te asignaremos un abogado, un gestor y un procurador desde el inicio.
      • Porque te ayudamos personalmente a recopilar y cumplimentar tu solicitud.
      • Porque continuaremos contigo una vez finalizado el procedimiento frente a tus acreedores o frente a aquellos que hayan adquirido tu deuda.
      • Porque si no tenemos éxito, te devolvemos tu dinero.

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